21 junio 2010

Formal prisión a ciudadano que votó dos veces en Acapulco

Derivado del trabajo jurídico-penal del agente del Ministerio Público de la Federación, el Juez Segundo de Distrito con Residencia en Acapulco, Guerrero, dictó auto de formal prisión en contra de Gaspar Chino González, por su probable responsabilidad penal en la comisión del delito electoral previsto y sancionado en el artículo 403, Fracción II del Código Penal Federal, en la hipótesis relativa a quien vote más de una vez en una misma elección.

 

A solicitud del AMPF adscrito a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) de la Procuraduría General de la República (PGR) y a partir de las pruebas presentadas, la autoridad jurisdiccional consideró que existen elementos suficientes para sujetar al inculpado a proceso penal federal.

 

El Juez Federal consideró que los elementos de prueba que obran en autos acreditan, hasta esta etapa procesal, que durante la jornada electoral del 5 de julio de 2009, en la elección de diputados federales, Gaspar Chino González emitió su voto en dos ocasiones.

 

Según la causa penal 37/2010- I, derivada de la averiguación previa 1193/FEPADE/2009, el inculpado acudió a la casilla especial 1, instalada en Boulevard Vicente Guerrero, en Ciudad Renacimiento, municipio de Acapulco, Guerrero, a emitir su voto. Posteriormente, acudió a la casilla especial 2, instalada en la Costera Miguel Alemán, en la colonia Condesa, de dicha demarcación, a emitir su sufragio, por segunda ocasión en una misma elección.

Por estos hechos, Gaspar Chino González podría ser acreedor a una pena que según el Código Penal Federal en su artículo 403, fracción II, podría ser de seis meses a tres años de prisión y multa de diez a cien días de salario vigente.



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Juan José Belmonte Torres

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