A solicitud del AMPF adscrito a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) de la Procuraduría General de la República (PGR) y a partir de las pruebas presentadas, la autoridad jurisdiccional consideró que existen elementos suficientes para sujetar al inculpado a proceso penal federal.
El Juez Federal consideró que los elementos de prueba que obran en autos acreditan, hasta esta etapa procesal, que durante la jornada electoral del 5 de julio de 2009, en la elección de diputados federales, Gaspar Chino González emitió su voto en dos ocasiones.
Según la causa penal 37/2010- I, derivada de la averiguación previa 1193/FEPADE/2009, el inculpado acudió a la casilla especial 1, instalada en Boulevard Vicente Guerrero, en Ciudad Renacimiento, municipio de Acapulco, Guerrero, a emitir su voto. Posteriormente, acudió a la casilla especial 2, instalada en la Costera Miguel Alemán, en la colonia Condesa, de dicha demarcación, a emitir su sufragio, por segunda ocasión en una misma elección.
Por estos hechos, Gaspar Chino González podría ser acreedor a una pena que según el Código Penal Federal en su artículo 403, fracción II, podría ser de seis meses a tres años de prisión y multa de diez a cien días de salario vigente.
--
Juan José Belmonte Torres
No hay comentarios.:
Publicar un comentario