El Congreso estatal derogó 13 artículos del Código Penal relacionados con los delitos de injuria, calumnia, y difamación; además tipificó como delito la presión de cualquier autoridad para que un comunicador revele sus fuentes. Igualmente adicionó dos artículos referentes a daño moral: el 1759 indica que existirá este ilícito cuando alguna acción vulnere o menoscabe ilegítimamente la libertad o la integridad física o síquica de la persona; mientras, el artículo 1760 indica que un hecho u omisión que produzca daño moral deberá ser reparado mediante indemnización.
Despenalizan en Guerrero difamación, injuria y calumnia - La Jornada
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