02 mayo 2007

Reforma Guerrero código penal para proteger a menores de explotación comercial sexual

El pasado 27 de abril entró en
vigor una reforma al Código Penal del Estado de Guerrero que protege a
los menores de ser víctimas de la explotación sexual comercial,
informó el diputado priista, Fermín Alvarado Arroyo.
En entrevista, el legislador local dijo que así el estado que se
coloca como una de las primeras entidades que asume el mecanismo de
protección e investigación de persecución de delitos que están
relacionados con la explotación comercial sexual de los seres humanos.
Las reformas propuestas por el legislador atañen a la pornografía
infantil, la prostitución infantil el turismo sexual infantil, el
tráfico y la trata de menores.
De acuerdo a la reforma, las sanciones para el que produzca o
fabrique libros o videos con la temática antes descrita o utilizando
sexualmente a menores de edad, tendrá una sanción de cárcel de 10
años, asimismo para aquellos que videograben o financien pornografía
infantil.
Las penas irán de 8 a 12 años a quien administre asociaciones
delictuosas de pornografía infantil. Lo que antes era conocido como
prostitución infantil ahora será parte del proyecto de trafico de
personas y de menores debido a que el anterior concepto hacía
responsables a quienes son víctimas.
El tráfico de un menor de edad está penalizado entre los 3 a 10
años y el feminicidio y el tráfico de personas tiene una penalidad
de 6 15 años. Si quien comete el delito es funcionario publico, será
sancionado directamente con la cárcel.
También algunas formas de tráfico de órganos o de esclavitud
del menor tendrá una penalidad de seis a 11 años, informó el diputado
del PRI.
Señaló que en México un menor de 14 años de edad muere cada
hora que pasa y por lo menos una niña es víctima de violación por lo
que se debe de convertir en una prioridad la protección de los
menores.


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Juan José Belmonte Torres

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